La AEPD actualiza su Guía sobre el uso de cookies

Política de Cookies

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) ha actualizado la Guía sobre el uso de las cookies para adaptarla a las Directrices sobre consentimiento revisadas por el Comité Europeo de Protección de Datos (CEPD) el pasado mes de mayo.

El Comité ha realizado esta revisión para aclarar su posición en relación con dos cuestiones: la validez de la opción “seguir navegando” como forma de prestar el consentimiento por parte de los usuarios y la posibilidad de utilizar los conocidos como “muros de cookies”, es decir, de limitar el acceso a determinados servicios o contenidos sólo a los usuarios que acepten el uso de cookies.

El Comité considera que la opción de “seguir navegando” no constituye en ninguna circunstancia una forma válida de prestar el consentimiento, en la medida en que tales acciones pueden ser difíciles de distinguir de otras actividades o interacciones del usuario, por lo que no sería posible entender que el consentimiento es inequívoco.

Respecto a los “muros de cookies”, el Comité ha precisado que, para que el consentimiento pueda considerarse otorgado libremente, el acceso al servicio y a sus funcionalidades no debe estar condicionado a que el usuario consienta el uso de cookies.

AEPD - Política de Cookies

Por este motivo, la Guía explicita que no podrán utilizarse los denominados “muros de cookies” que no ofrezcan una alternativa al consentimiento. Este criterio resulta especialmente importante en aquellos supuestos en los que la denegación de acceso impediría el ejercicio de un derecho legamente reconocido al usuario como, por ejemplo, el acceso a un sitio web el único medio facilitado al usuario para ejercitar tal derecho.

En este caso, podrán existir determinados supuestos en los que la no aceptación de la utilización de cookies impida el acceso al sitio web o la utilización total o parcial del servicio, siempre que se informe adecuadamente al respecto al usuario y se ofrezca una alternativa de acceso al servicio sin necesidad de aceptar el uso de cookies.

Estos nuevos criterios deberán implementarse, a más tardar, el 31 de octubre de este año.

 

Información extraída de la Agencia Española de Protección de Datos

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